¿Cuándo puede ser necesaria una internación involuntaria?

Efrain Rodas

10/12/20262 min read

En determinadas circunstancias, puede ser necesaria una internación involuntaria, aunque la persona no esté de acuerdo.

En Argentina, la Ley Nacional de Salud Mental 26.657 contempla esta posibilidad como una medida excepcional, cuando no son posibles los abordajes ambulatorios, no existe otra alternativa eficaz y el equipo de salud determina que hay una situación de riesgo cierto e inminente para la persona o para terceros. La indicación debe estar fundamentada y cumplir los requisitos legales.

¿Qué significa esto? Que no alcanza con que una persona tenga un diagnóstico, presente síntomas psicóticos o rechace la medicación. Es necesario evaluar qué está ocurriendo en ese momento y si existe una amenaza concreta y próxima para su vida o su integridad física, o para las de otras personas. El riesgo no se presume por el diagnóstico: debe evaluarse en cada situación particular.

Esto significa que una familia no puede decidir por su cuenta una internación involuntaria simplemente porque alguien rechaza el tratamiento o presenta síntomas psicóticos.

Pero tampoco significa que deba permanecer pasiva frente a una descompensación grave.

Puede buscar orientación profesional, solicitar una evaluación y recurrir a los servicios de urgencia cuando corresponda. Para hacerlo, resulta útil comunicar hechos concretos: qué cambios observó, cuándo comenzaron, qué está diciendo o haciendo la persona y qué situaciones generan preocupación. No se trata solamente de decir «está mal», sino de ayudar al equipo a comprender qué está sucediendo.

Solicitar una evaluación urgente no equivale a decidir una internación. La evaluación permite determinar qué intervención necesita la persona y si es posible ofrecer una alternativa que permita atenderla sin internarla.

Cuando corresponde una internación involuntaria, la ley exige un dictamen firmado por dos profesionales de distintas disciplinas, uno de los cuales debe ser psicólogo o médico psiquiatra. También exige dejar constancia de la ausencia de otra alternativa eficaz y de las intervenciones previas, si las hubo.

Además, existen garantías para proteger los derechos de la persona: la internación debe comunicarse al juez y al Órgano de Revisión, y la persona tiene derecho a asistencia jurídica. Debe durar el menor tiempo necesario, de acuerdo con su evolución y los criterios terapéuticos. Estar internada involuntariamente no significa perder el derecho a recibir información, ser escuchada y recibir un trato digno.

La ausencia de conciencia de enfermedad no elimina la necesidad de tratamiento. Por el contrario, puede hacer especialmente importante la intervención de profesionales capacitados para abordar estas situaciones. Sin embargo, esa ausencia, por sí sola, no constituye un requisito suficiente para internar involuntariamente.

La familia no tiene que esperar pasivamente a que alguien en plena descompensación reconozca su enfermedad para comenzar a buscar ayuda. Puede pedir orientación y una evaluación; corresponde al equipo de salud determinar la respuesta clínica adecuada y si se cumplen las condiciones legales para una internación involuntaria.

Para profundizar en la diferencia entre rechazar un tratamiento y no poder reconocer que se necesita, podés continuar leyendo nuestra publicación ¿Qué es y cómo se logra la consciencia de enfermedad?.

También te recomendamos, dentro de nuestros textos de Editoriales, el ensayo Cuando la certeza reemplaza el pensamiento, donde desarrollamos cómo la certeza delirante puede modificar la relación con la realidad y dificultar que la persona ponga en duda aquello que está viviendo.


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Fuente

El ABC de la salud mental

Autora: Karina Agüero

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